Hay Que Tener Permisos Para Llevar Un Arma De Airsoft en Eeuu

Hay Que Tener Permisos Para Llevar Un Arma De Airsoft en Eeuu


Armas de fuego.

Preguntas frecuentes de armas de fuego.

Imagen de las armas de fuego exclusivas del Ejército Mexicano.

Armas de fuego.

Autor
Secretaría de la Defensa Nacional
Fecha de publicación
01 de mayo de 2019
  • Requisitos para solicitar una licencia particular individual de portación de arma de fuego.
    • Los requisitos para solicitar una licencia particular private de portación de arma de fuego son los especificados en la fracción I del artículo 26 y 27 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, 25 y 26 de su Reglamento, apegándose a los formatos publicados en el Diario Oficial de la Federación de fecha 12 de enero de 2004, publicados para consulta del público en general, en la página de internet en el siguiente link: https://www.gob.mx/sedena/acciones-y-programas/sedena-02-025 , siendo los siguientes:
    • Tener modo honesto de vivir: Documento firmado por el Titular de la Institución, indicando fecha, desde cuando labora, el cargo que ocupa, ingresos económicos que devenga y conducta observada.
    • Haber cumplido los obligados con el Servicio Militar Nacional
      • Copia fotostática de la Cartilla del Servicio Militar Nacional y Hoja de Liberación
    • No tener impedimento físico y mental:
      • Certificado médico de no impedimento físico (Salud física) expedida por united nations médico con título legalmente registrado.
      • Certificado médico-psicológico (Salud mental) expedido por un licenciado en psicología con título legalmente registrado, anexando los resultados de los tests practicados para tal fin.
    • Certificado de antecedentes no penales: Expedido por la autoridad correspondiente.
    • Certificado de no consumo de drogas, enervantes o psicotrópicos (toxicológicos), expedida por united nations médico con título legalmente registrado; anexando los resultados de laboratorio practicados para tal fin.
    • Comprobante de domicilio vigente no mayor a seis meses (Recibo de luz, agua, teléfono o predial)
    • Formato con fotografía, firmado con un plumín mediano y la fotografía debe ser a tamaño credencial a color, de frente, con fondo blanco, sin tocado y sin retoque.
    • Acreditar a criterio de la Secretaría de la Defensa Nacional, la necesidad de portar armas (Indicar motivos que a su derecho convenga en la solicitud, que haga llegar).
    • En caso de ser nacionalidad extranjera deberá presentar copia del formato migratorio FM2 o Carta de Naturalización, expedida por la Secretaría de Relaciones Exteriores.
    • Documentación que deberá ingresar en el módulo de atención al público, de la Dirección Full general del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, Planta Baja del Edificio de los Servicios, ubicada en la Avenida Industria Militar No. 1111, Campo Militar No. 1-D, Lomas de Tecamachalco, Naucalpan, Edo. Méx., C.P. 53950. De manera personal o por medio del servicio de paquetería de su preferencia.
    • Asimismo, el hecho de enviar la documentación requerida, no implica que esta Secretaría este obligada a expedir, la licencia de portación correspondiente, en razón que la solicitud y demás documentación complementaria habrá de ser analizada.
    • En caso de que requiere mayor información, ponemos a su disposición el correo electrónico: rfafyce@mail.sedena.gob.mx, o bien puede acudir a la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos misma que se encuentra ubicada en el domicilio antes mencionado.
  • Yo trabajo por mi cuenta ¿qué puedo hacer para conseguir mi carta de trabajo y comprobar ingresos?
    • Puede justificarlo mediante una carta emitida por su contador, donde se especifique a qué se dedica, desde cuándo y sus ingresos aproximados mensuales.
  • Una vez autorizado el Permiso de Compra de Arma, ¿cuánto tiempo tengo para materializarlo?.
    • Cuatro meses a partir de la fecha de expedición.
  • Para efectuar el cambio de propietario ¿qué debo realizar?.
    • Propietario del arma.
      • Presentarse en el Modulo del Registro Federal de Armas de Fuego más cercano a su domicilio, con el arma descargada y envuelta o en su funda.
      • Entregar hoja rosa, azul, credencial o copia certificada del registro anterior, copia de identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio y C.U.R.P.
    • Comprador.
      • Deberá entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio y C.U.R.P.
      • Realizar el pago por triplicado en cualquier institución bancaria por la cantidad de $134.00 (ciento treinta cuatro pesos 00/100) (un pago por arma) mediante el esquema de pago electrónico e5cinco asentando la clave de referencia 034001132.
    • Además para armas largas permitidas por la ley.
      • Presentar original y copia fotostática de la credencial del club cinegético a que pertenece o en su caso un documento que ampare que el nuevo manifestante es ejidatario, comunero o jornalero.
      • En caso de que se encuentre inscrito en un club de caza y tiro, tiene derecho a registrar nine armas largas de características deportivas y un arma corta cal. 0.22", si no es así, únicamente puede poseer un arma corta para protección de su domicilio.
  • Mi trámite de compra de arma está en anomalías por aparecerme en el sistema más de 10 armas registradas ¿qué puedo hacer para justificar las que ya no tengo?
    • Debe presentar un escrito donde pida se continúe con su trámite de compra de arma anexando copias fotostáticas de las bajas de las armas que ya no tiene.
  • Esta secretaría no autoriza el registro de armas de esos calibres, para ser utilizadas en prácticas de caza y tiro en virtud que sus características balísticas se equipan con las de uso exclusivo del Ejército y Fuerza Aérea.
  • El permiso no es mío ¿puedo recogerlo yo?
    • Es necesario que se presente el interesado, o bien envíe a su representante legal con poder notarial original y su identificación.
  • Desde muy joven me dedico al deporte de la caza y tiro, solicite un arma me fue denegada por excederme de la cantidad de armas que puedo registrar y actualmente me aparecen armas que ya no cuento con ellas ¿cuál es el procedimiento a seguir?
    • Presentarse en el módulo del registro federal de armas de fuego más cercano a su domicilio, solicitando por medio de un escrito libre, la actualización del sistema.
    • Anexar copia de los movimientos que ha realizado.
    • Esta información no tiene ningún costo.
  • Ampliaciones de Vigencia, Incremento de Aduana o Casas Proveedoras a Permisos Ordinarios y/o Extraordinarios de Importación y Exportación de Cloth Explosivo y/o Sustancias Químicas.
    • Consultar la dirección electrónica world wide web.gob.mx/sedena/acciones-y-programas/direccion-general-del-registro-federal-de-armas-de-fuego-y-control-de-explosivos.
  • ¿Una vez autorizado el permiso, que necesito para poder recibirlo?
    • Acudir al módulo de atención al público de la Dependencia, trayendo consigo original de su identificación oficial y en su caso poder notarial.
  • ¿Tengo un arma, que perteneció a united nations familiar y falleció ¿qué tengo que hacer para registrarla?
    • Un cambio de propietario por defunción, el procedimiento es el siguiente:
      • La persona que puede hacer el trámite es el familiar más cercano esposa(o), hijo(a). Mayor de 18 años, padre o hermano(a).
      • Presentarse en el módulo del registro federal de armas de fuego más cercano a su domicilio, con el arma descargada envuelta o en su funda.
      • Entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, documento que compruebe el parentesco, comprobante de domicilio y C.U.R.P.
      • Entregar acta de defunción y registro o copia certificada del registro.
      • Realizar un pago en cualquier institución bancaria por $134.00 (ciento treinta y cuatro pesos 00/100.) Por cada arma, mediante el esquema de pago e5cinco, asentando la clave de referencia 034001132.
  • ¿Si ya no requiero el permiso, ¿qué trámite debo realizar ante ustedes?
    • Deberá solicitar ante la dependencia, la cancelación del citado permiso.
  • ¿Si una persona física o moral pretende exportar fabric explosivo, el país al que se exportará, que condiciones requerirá a la empresa o persona exportadora?
    • De acuerdo con lo dispuesto por el artículo sixteen del manual, cuando se trate de permisos de exportación, el permisionario deberá acreditar ante la S.D.North. que ya cuenta con la autorización de importación del gobierno del país a donde se destinarán los materiales.
  • ¿Si no recojo el permiso que sucede?
    • Después de los 30 días hábiles de la fecha de expedición, se cancelará dicho documento por lo que deberá de realizar nuevamente el trámite respectivo.
  • ¿Si es el caso solicito se me otorgue copia del oficio. Así mismo solicito saber el criterio que se utiliza para fijar los plazos de antigüedad de los vehículos?
    • La Secretaría de la Defensa Nacional con base en las facultades que le otorga la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos:
      • Artículo 2 fracción 3.
      • Artículo 37. Párrafo segundo.
      • Artículo 40.
    • Del Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
      • Artículo 67.
    • En base a lo anterior la Dirección Full general del Registro Federal de Armas de Fuego y Command de Explosivos, atendiendo al peligro que representa el transporte de explosivos, sustancias químicas y artificios pirotécnicos, determino la vigencia actual de los vehículos que se utilicen para esta actividad, con el fin de evitar en todo lo posible se ocasionen accidentes que produzcan pérdidas humanas, daños en el medio ambiente, en los propios medios de transporte utilizados y en otros bienes; y en caso de que se produzcan dichos accidentes minimizar sus efectos.
  • ¿Se requiere de un permiso para la importación de armas accionadas por aire comprimido CO2?
    • Los rifles y pistolas accionadas por gas comprimido en recipientes a presión CO2, gas carbónico o cualquier otra sustancia regulada por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento, sus municiones en el deporte conocido como paintball o gotcha; deberán obtener previamente un permiso extraordinario de importación por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • ¿Se puede ingresar la documentación de otra forma que no bounding main personalmente?
    • Puede ingresarlo vía estafeta certificada.
  • ¿Se han otorgado prorrogas para permisos de vehículos autorizados para el Transporte de Sustancias Químicas y Artificios Pirotécnicos a Artesanos Pirotécnicos?
    • La Secretaría de la Defensa Nacional, no ha otorgado ni otorga prorrogas en la vigencia para el empleo de vehículos en el transporte de artificios pirotécnicos y sustancias químicas.
  • ¿Se ha emitido algún oficio a las zonas militares en el país en el que permita registrar estas armas?
    • Esta Secretaría no ha girado órdenes a ningún mando territorial para autorizar el registro de este tipo de armas.
  • ¿Qué vigencia tienen los permisos que otorgan?
    • A partir de la fecha en que se expiden y hasta el 31 de diciembre del propio año.
  • ¿Qué tipos de permisos para importar y exportar Sustancias Químicas reguladas contempla la Ley F.A.F. y Eastward.?
    • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del manual, los permisos son otorgados a las personas físicas o morales que habiendo cubierto los requisitos establecidos en los artículos 35 y 46 del reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos ya cuentan con un permiso general, pero además el artículo 18 del manual estipula que la S.D.N. podrá expedir permisos extraordinarios de importación y exportación, los cuales se autorizan a las personas físicas o morales que no cuentan con permiso general y que de manera eventual pretenden comercializar o utilizar cloth regulado por la referida ley. Es decir, existen permisos ordinarios y extraordinarios.
  • ¿Qué tipo de armas hay en existencia para venta?
    • Para conocer las existencias, debe acudir personalmente a la dirección de comercialización de armamento y municiones en av. Industria militar # 1111, Tecamachalco, Estado de México, o llamar al tel. 5589-6133.
  • ¿Qué tipo de arma está permitido comprar para tiro o cacería?
    • Para tiro o cacería se autoriza la compra de arma en los calibres señalados en el artículo ten de la ley federal de armas de fuego y explosivos.
  • ¿Qué tipo de arma está permitido comprar?
    • Para Protección de Domicilio detail se autoriza la compra de un revolver o pistola en los calibres permitidos por la ley.
  • ¿Qué se requiere para la transportación de armas accionadas por aire comprimido CO2?
    • Para la transportación de rifles y pistolas accionadas por gas comprimido en recipientes a presión como CO2 o gas carbónico, no se requiere permiso de transportación por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, sujetándose únicamente a lo estipulado en el Articulo 13 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, respecto a que su empleo se limitará al local o sitio en el que se trabaje o practique el deporte.Lo inductive, sin prejuicio de que se sujeten a las leyes y demás disposiciones de otras Dependencias del Ejecutivo Federal.
  • ¿Qué requisitos se necesitan para obtener un Permiso para la Industria de la Construcción?
    • Consultar la dirección electrónica www.gob.mx/sedena/acciones-y-programas/direccion-general-del-registro-federal-de-armas-de-fuego-y-command-de-explosivos.
  • ¿Qué requisitos debo reunir para el trámite de un Permiso Extraordinario de Importación de Armas, Municiones, Objetos o Materiales Regulados por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos?
    • Además de los ya establecidos en el formato que aparece en la página de la SEDENA debe enviar adicionalmente copias fotostáticas de los siguientes documentos:
      • A. Documento de inscripción en el padrón de importadores de sectores específicos, administración central de contabilidad y glosa.
      • B. R.F.C. del interesado.
      • C. C.U.R.P.
  • ¿Qué límite de tiempo tengo para recoger el permiso?
    • thirty días hábiles, a partir de la fecha en que se expida.
  • ¿Qué disposiciones existen para la importación de espadas, katanas, sables y dagas?
    • Para la importación de estos artículos menores a 5 piezas no se requiere de permiso alguno por parte de esta secretaría.
  • ¿Qué cantidad de armas puedo tener registradas?
    • Inscrito en united nations club de caza y tiro, tiene derecho a 9 armas largas de características deportivas y united nations arma corta cal. 0.22", si no es así, únicamente puede poseer un arma corta para protección de su domicilio y como coleccionista la cantidad que desee.
  • ¿Por qué medio se recibe los documentos para la Licencia de Portación de Arma u otros trámites relacionados con Licencias?
    • El Registro Federal de Armas de Fuego cuenta con un Modulo de Atención al Público con united nations horario de atención de 08:00 A. G. a fourteen:00 P.Thousand. de lunes a viernes.
  • Perdí mi registro ¿cuál es procedimiento a seguir?
    • Presentarse en el Modulo del Registro Federal de Armas de Fuego más cercano a su domicilio, solicitando una copia certificada, por medio de un escrito libre.
    • Realizar una solicitud (formato) de copia certificada de arma de fuego, esta tiene el mismo valor que la hoja rosa "REGISTRO".
    • Realizar un pago en cualquier institución bancaria por la cantidad de $170.00 (ciento setenta pesos 00/100.) mediante el esquema de pago electrónico e5cinco asentando la clave de referencia 034001132.
  • ¿Para poder importar o exportar alguna sustancia regulada por la Ley, que requisitos deben cubrirse?
    • Los permisos son otorgados a las Personas Físicas o Morales, que habiendo cubierto los requisitos establecidos en los artículos 35 y 46 del reglamento de la Ley F.A.F. y East. ya cuenten con united nations Permiso General para realizar cualquiera de las actividades contempladas en la citada Ley.
  • ¿Para obtener un permiso de transportación de armas para eventos de tiro al blanco y cacería se debe de estar inscrito a un club de caza y tiro?
    • Esta dependencia del ejecutivo federal con fundamento en el último párrafo del artículo 26 de la ley federal de armas de fuego y explosivos, únicamente expide permisos extraordinarios de transportación de armas de fuego con fines de caza, tiro, y/o competencia nacional, a toda persona que se encuentra inscrita ante un gild de caza, tiro y pesca, el cual debe contar con la constancia de registro ante esta secretaría.
  • ¿Para la transportación de materiales regulados por la L.F.A.F. Y E., el permisionario puede utilizar cualquier tipo de transporte?
    • El transporte de éste tipo de materiales se encuentra regulado por los artículos del 60 al 64 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, así como por los numerales del 67 al 70 del reglamento de la citada ley, además por el artículo 10/o. del manual, mismo que establece que para el traslado del textile, los permisionarios deberán utilizar los servicios de empresas que presten el servicio de transporte especializado y cuenten con permiso de la South.D.N.
  • ¿Para donar ó canjear armas por despensas?
    • A. Existe un programa permanente para la recepción de armas de fuego por donación por parte de la Secretaria de la Defensa Nacional, para esto es necesario que se presente en la instalación militar más cercana a su domicilio, con un escrito libre, solicitando la donación de las armas a esta secretaria, sin reclamo futuro alguno, anotando las características y cantidad del citado material bélico, en base a este escrito se le proporcionara todo el apoyo para tramitar la baja de las armas.
    • B. Respecto a las campañas de "CANJE DE ARMAS POR DESPENSAS, COMPUTADORAS Ó EFECTIVO" deberá de establecer comunicación con la instalación militar más cercana a su domicilio, ya que estas se llevan a cabo por periodos, dependiendo de la entidad federativa en la que usted radique.
  • ¿Me voy a cambiar de domicilio y tengo united nations arma registrada que debo de hacer para estar en regla?
    • Para realizar el cambio de domicilio de su arma de fuego para lo cual debe realizar lo siguiente:
    • Presentarse en el módulo del registro federal de armas de fuego más cercano a su domicilio (no es necesario presentar el arma).
    • Entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, comprobante del nuevo domicilio y C.U.R.P.
    • Entregar la hoja rosa del registro anterior, credencial o copia certificada.
    • Realizar united nations pago en cualquier institución bancaria por $55.00 (cincuenta  y cinco pesos 00/100.) mediante el esquema de pago electrónico e5cinco asentando la clave de referencia 034001132.
    • Debiendo presentarse el interesado para firmar y poner huella.
    • En caso de arma larga, presentar original y copia fotostática de la credencial del social club cinegético a que pertenece o en su caso united nations documento que ampare que el nuevo manifestante es ejidatario, comunero o jornalero.
  • ¿En caso de robo ó extravió de arma de fuego. "Personas físicas"?
    • A. Presentarse en el módulo del registro federal de armas de fuego más cercano a su domicilio.
    • B. Entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio y C.U.R.P.
    • C. Copia certificada del acta levantada ante el A.K.P., por el ilícito cometido en su contra (debiendo asentar los datos del arma tal y como vienen en la manifestación).
    • D. Entregar la hoja rosa del registro inductive, credencial o copia certificada.
    • Eastward. Realizar united nations pago en cualquier institución bancaria por $55.00 (cincuenta y cinco pesos 00/100.) mediante el esquema de pago electrónico e5cinco asentando la clave de referencia 034001132.
  • ¿En caso de robo ó extravió de arma de fuego. "Personas morales"?
    • A. El representante legal previamente identificado y reconocido por esta secretaria (poder notarial), es la persona que deberá de realizar el trámite para firmar y poner huella digital.
    • B. Presentarse en el módulo del Registro Federal de Armas de Fuego más cercano a su domicilio.
    • C. Entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio, C.U.R.P. y comprobante de domicilio del representante legal y de la empresa.
    • D. Copia certificada del acta levantada dues el A.Grand.P., por el ilícito cometido en contra de su representada (debiendo asentar los datos del arma tal y como vienen en la manifestación).
    • Eastward. Entregar la hoja rosa del registro anterior, credencial o copia certificada.
    • F. Realizar un pago en cualquier institución bancaria por $55.00 (cincuenta y cinco pesos 00/100.) mediante el esquema de pago electrónico e5cinco asentando la clave de referencia 034001132.
  • ¿Los trámites son realizados siempre personalmente por el interesado?
    • Los trámites pueden ser realizados por los apoderados legales, debidamente reconocidos.
  • ¿Los servicios que presta la S.D.N. con respecto a los trámites de importación y exportación de sustancias reguladas por la L.F.A.F. y E. requieren de algún pago?
    • De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del manual, los pagos por concepto de servicios prestados por la S.D.N., se realizarán mediante el esquema de pago electrónico e5Cinco asentando la Clave de Referencia 034001132 con los costos establecidos conforme a la Ley Federal de Derechos vigente.
  • ¿Las armas que funcionan a base of operations de gas o aire comprimido necesitan registro de la SEDENA?
    • Todas las armas que funcionan a base gas y/o de aire comprimido, por no ser armas de fuego, no se encuentran reguladas por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, por tal motivo no requieren ser inscritas en el registro federal de armas de fuego ni de permiso para su transportación; haciéndole la recomendación que se apegue a lo estipulado en el artículo 13 de la ley federal de armas de fuego y explosivos, que menciona que su uso se limitara al local o sitio en el que practique el deporte, y cuando sean portadas o transportadas para el ejercicio del deporte se deberá demostrar en su caso esa circunstancia.
  • ¿Las armas que funcionan a base de aire y/o gas comprimido se registran?
    • Todas las armas que funcionan a base of operations de aire y/o gas comprimido y/o eléctricas, por no ser armas de fuego, no se encuentran reguladas por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, como es el caso de las denominadas "AIR SOFT", por tal motivo no requieren ser inscritas en el registro federal de armas de fuego, ni de permiso de transportación, haciéndole la recomendación, que se apegue a lo que estipula el art. 13 de la citada ley.
  • ¿Hay sucursales en el interior del país para comprar arma?
    • Si, se encuentra en el Estado de Due north.50., solo para atencion del personal que radica en la Region Norte del pais, que corresponden a los Estados de N.L., S.LP. y Tamaulipas.
  • ¿Existe algún formato de solicitud para los Permisos de Importación o Exportación?
    • En el manual se encuentran anexos los modelos de solicitud para dichos permisos, con objeto de facilitar a los interesados los trámites respectivos.
  • ¿Está permitido el uso de cartuchos recargados?
    • Con fundamento en los artículos viii/o. Y 35 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción III de la Ley Federal Orgánica de la Administración Pública Federal, 2/o. Fracción Iii, 40,41 párrafo II, inciso a) y 43 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, la Secretaria de la Defensa Nacional en el marco de sus facultades legales, a la fecha no está autorizando el uso de cartuchos recargados en virtud de los siguientes argumentos:
      • Ninguna persona física o moral tiene concedido permiso general o algún otro para importar o fabricar componentes de cartuchos.
      • Los expendios que cuenta con Permiso Full general para la Compra-Venta y almacenamiento de cartuchos no tienen autorizada la venta de componentes de los mismos.
      • La pólvora como componente de cartuchos, requiere condiciones especiales de almacenamiento, tales como situaciones controladas de humedad y temperatura para que no se altere su composición química y funcione adecuadamente, pero además, en múltiples ocasiones ha sido el elemento clave en los conatos de incendios, ocasionándose daños y perjuicios a las personas y su entorno.
      • La recarga de cartuchos es una actividad artesanal que no está estandarizada y requiere de implementos especiales, conocimientos, experiencia y practica para que bounding main exitosa, es posible que, la falta de pericia pueda ocasionar accidentes, dañando armas y lesionando a las personas.
      • El artículo 42 del Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, señala que las personas físicas o morales que pretendan dedicarse a la organización de municiones, solicitaran al Presidente de la República por conducto de la Secretaria de la Defensa Nacional el permiso general correspondiente.
    • A la luz de los enunciamientos anteriores, con fundamento en el artículo 43 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que a la letra dice: la Secretaria de la Defensa Nacional podrá negar, suspender o cancelar discrecionalmente los permisos generales ordinarios y extraordinarios cuando las actividades amparados en los mismos entrañen peligro para la seguridad de las personas, instalaciones o puedan alterar la tranquilidad o el orden público no se autoriza el recargado de cartuchos. En el concepto que para evaluar la petición de dejar sin efecto las disposiciones emitidas por esta Secretaria de la Defensa Nacional, en relación a la prohibición del uso de cartuchos recargados y contar con los elementos de juicio necesarios para que se make up one's mind lo conducente, agradeceré aportar la siguiente información:
      • Relación pormenorizada de los materiales constitutivos para la elaboración de cartuchos recargados, que contenga el tipo de presentación
      • Descripción del procedimiento de recarga desde la preparación y ensamble, hasta el producto terminado.
      • Ficha técnica comercial de los elementos constitutivos para la recarga.
      • Consideraciones para el almacenamiento tanto de la materia prima como del producto terminado
      • Puntos de venta o suministro de la materia prima en el país.
      • Puntos de venta o suministro de la materia prima en el país.
      • Analogía de las características balísticas de los calibres que se prenden recargar comparado con los de tipo comercial.
  • ¿Es correcto adquirir un Gobernador Electrónico o Mecánico?, en el mercado existe uno que es el DRIVE Correct, es correcto adquirir uno de estos para colocarlos en los vehículos?
    • Puede ser electrónico o mecánico, el que usted propone es correcto.
  • ¿En qué documento normativo puedo encontrar las sustancias químicas relacionadas con explosivos, así como las máquinas, aparatos, dispositivos, artefactos y demás materiales cuya internación o salida del país está sujeta a regulación por la South.D.N.?
    • La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos en sus artículos forty y 41 fracción 5 indica que será objeto de regulación por parte de esta Secretaría todas aquellas sustancias que por sí solas o combinadas sean susceptibles de emplearse como explosivos, pero no define exactamente cuáles son, sin embargo se pueden consultar en el listado que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del thirty de junio de 2007.
  • ¿En qué casos una persona al pretender realizar operaciones con alguna sustancia, no está obligada a presentar el permiso de la S.D.N.?
    • Según lo dispuesto por el artículo 2/o. del manual citado en la respuesta anterior, cuando se trate de materiales y artículos contemplados en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007, pero que su utilización, aplicación o uso no sea destinado a la fabricación, elaboración, ensamble, reparación o acondicionamiento de armas, municiones, explosivos, artificios para voladuras o demoliciones y/o artificios pirotécnicos, el interesado quedará exento de obtener y presentar el permiso respectivo de la secretaría, bastándole únicamente con entregar a las autoridades aduanales correspondientes, una carta-compromiso en donde manifieste bajo protesta de decir verdad, que los materiales o artículos motivo de importación o exportación, no serán destinados o utilizados en las actividades ya descritas.
    • Tratándose de sustancias químicas, además de presentar la carta-compromiso, el interesado estará obligado a dar aviso previo a la S.D.N. (Dir. Gral. Reg. Fed. Armas de F. Y C.E.), indicando cantidades y uso que dará a las citadas sustancias.
  • ¿En qué casos puede ser negada una solicitud de permiso incluyendo los extraordinarios de importación o exportación de materiales regulados por la S.D.North.?
    • Cuando el permisionario o solicitante no cumpla con alguno de los requisitos que se señalan en el manual;
    • Que las instalaciones, plantas, locales, polvorines o almacenes, no cumplan con las medidas de seguridad, vigilancia y command establecidas en la ley de la materia y demás disposiciones aplicables emitidas por la S.D.Northward.
    • Al que en ocasión inductive haya alterado o modificado los permisos otorgados, independientemente de las acciones penales a que se haga acreedor.
  • ¿En dónde se compra el Arma de Fuego?
    • Comercialización de Armamento y Municiones, en Av. Industria Militar # 1111, Tecamachalco, Naucalpan, Estado de México.
  • ¿Después de que me autoricen la compra de arma que procede?
    • Debe pagar mediante el Esquema de Pago Electrónico e5Cinco, por $ 134.00 pesos con la clave de referencia 034001132 por concepto: pago por permiso extraordinario de adquisición de arma de fuego y otro por $ 55.00 con misma clave por concepto: pago por Registro de Arma de Fuego pagadas en cualquier banco.
  • ¿Cuánto tiempo tarda el trámite de permiso de Compra de Arma?
    • El tiempo de resuesta es de 60 (sesenta) dias habiles despues de haber recibido para dar respuestas a los peticionarios sobre el estado de su tramite,
  • ¿Cuáles son los requisitos para un Permiso Extraordinario para la Transportación de Arma de Fuego por Cambio de Domicilio?
    • La Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos expide de conformidad con la Ley Federal de Armas de Fuego de conformidad con su artículo 16 y 9 de su Reglamento, Permisos Extraordinarios para la Transportación de Armas de Fuego por Cambio de Domicilio, debiendo reunir la siguiente documentación:
      • Copia (s) de (los) registro (south), del (las) arma (due south), que transportaré.
      • Comprobante de domicilio, donde se encuentra (n) actualmente la (s) arma (s).
      • Comprobante del nuevo domicilio a donde será trasladada (s) la (s) arma (due south).
      • Contrato de arrendamiento (en caso de no ser propietario).
      • Identificación con fotografía (la cual deberá de coincidir con el domicilio del registro del arma).
      • Credencial del club vigente (cuando la transportación ocean más de un arma de fuego)
      • Pago efectuado mediante el Esquema de Pago Electrónico e5cinco bajo la Clave de Referencia 034001132 por la expedición del permiso de transportación de armas de fuego por cambio de domicilio, mismo que deberá proporcionar a la entrega del citado permiso.
      • El tramite debera realizarse en la Zona Militar mas cercana  a su Domicilio.
  • ¿Cuáles son los requisitos para poseer una colección de armas de fuego?
    • Relación de las armas que forman la colección o museo, anotando sus características, así como los números de los folios con que fueron registradas anexando fotocopias legibles de cada una de sus manifestaciones.
    • Compromiso por escrito de que aceptan las inspecciones que previenen los artículos 17 y 18 del reglamento de la ley federal de armas de fuego y explosivos.
    • Documento que acredite sus actividades.
    • Fotocopia de la Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada, copia certificada de su acta de nacimiento si nació antes de 1924 o del documento de su legal estancia en el país si es extranjero.
    • Dos fotografías recientes, a color, tamaño pasaporte, sobre fondo blanco, sin tocado y sin retoque.
    • Certificado de antecedentes no penales.
  • ¿Cuáles son los requisitos para poner united nations expendio para dedicarse a la Compra-Venta y Almacenamiento de Cartuchos Deportivos, de Fuego Central, de Alto Poder, Industriales y de Salva, permitidos por la Ley de la materia?
    • Solicitud conforme a modelo con los datos que correspondan al reverso.
    • Opinión favorable del gobernador constitucional del estado donde se proyecte establecer el expendio o del Jefe de Gobierno del Distrito Federal. (los artículos deberán ser fundamentados en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento de acuerdo a las actividades que pretenda realizar).
    • Conformidad respecto de seguridad y ubicación expedido por la primera autoridad administrativa del lugar donde se pretende establecer el expendio y proyectos detallados que impliquen la certeza de que la instalación y almacén serán adecuados para preservar de daños a las personas o a las casas, así como las medidas para evitar accidentes y robos.
    • Copia certificada del Acta Constitutiva si se trata de sociedades mercantiles. (los datos que manifieste deberán ser iguales al de la solicitud y la demás documentación que presente). Cuando las solicitudes del permiso se hagan por conducto de apoderado deberán acreditar su personalidad con poder notarial.
    • Copia del Acta de Nacimiento del interesado, certificada por el Registro Ceremonious. Los extranjeros el documento que justifique su legal estancia en el país.
    • Certificado de No antecedentes penales expedido por la autoridad competente donde resida; la persona que radica en el D.F., deberá acudir a la Dir. del Archivo Nacional de Sentenciados y Estadística Penitenciaria de la Secretaría de Seguridad Pública, ubicado en Londres 102, Col. Juárez, delegación Cuauhtémoc, México, D.F., en caso de comprobarse la existencia de antecedentes penales, será facultad de esta Secretaría, determinar si se expide o no la autorización respectiva, aun cuando hayan reunido los demás requisitos.
    • Original de la Cartilla del Servicio Militar Nacional (liberada), con los resellos que le correspondan únicamente personal masculino; para las personas mayores de 40 años que no cuenten con dicho documento, deberán presentar el oficio de exención que otorga la Dir. Gral. del Servicio Militar Nacional o en su caso la Zona Militar correspondiente.
    • Copia de identificación vigente con fotografía nítida. (credencial para votar, licencia de conducir o pasaporte). El domicilio que se anote deberá ser igual al de esta solicitud y de la demás documentación que presente.
    • Comprobante de domicilio con el sello de pagado o ticket de pago (boleta de pago del predio, recibo de agua, luz o teléfono). Será la que anote en toda la documentación.
    • Comprobante de Domicilio del lugar donde se establecera el expendio comercial con el sello de pagado o ticket de pago (boleta de pago del predio, recibo de agua, luz o telefono), los datos deben ser igual a los que anote en toda la documentacion.
    • En caso de ser persona moral , debera anexar por cada accionista los documentos señalados en los incisos 5, 6, seven, 8 y 9.
    • Croquis en el que se aprecie la distribución de cada una de las partes que conforman el local con anotación de las dimensiones. (largo, ancho y altura).
    • Fotografías panorámicas (a distancia) de la instalación con imágenes claras en las que se observen en forma detail y en su conjunto cada una de sus áreas (interior y exterior [puertas o cortinas cerradas y abiertas que permitan apreciar la parte de adentro del local], mobiliario y equipo así como las colindancias a los cuatro puntos cardinales). Anexar dos por cada hoja carta con pie de foto con una breve explicación del lugar de que se trata.
    • En caso de ser Persona Moral, deberá anexar por cada accionista los documentos señalados en los incisos Due east, F, G, H eastward I. Asimismo tener un local que reúna las máximas medidas de seguridad, control y vigilancia las 24 horas y características siguientes:
      • A. Instalación construida con cimientos de mampostería; columnas, muros y techo de concreto y piso de cemento.
      • B. Rejas metálicas que dividan el lugar donde estará el mostrador y área donde atenderá al público.
      • C. Herramienta de zapa (hacha, pala y pico) y tambos, uno con arena y otro con agua, para extinguir conatos de incendio.
      • D. Depósito de cartuchos con puerta metálica, anaqueles y tarimas para el estibamiento de los cartuchos, claraboyas para ventilación e iluminación natural desde el exterior (no ventanas) de 20 cms. de diámetro las cuales deberán estar a
  • ¿Cuáles son los requisitos para poder tener un club cinegético?
    • Con fundamento en los artículos 20 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, 17 y 19 de su Reglamento y por haber reunido los siguientes requisitos:
      • Original de la opinión favorable de la Secretaría de Seguridad Pública Federal.
      • Copia del acta constitutiva del club, certificada por notario público.
      • Copia de sus estatutos, certificada por notario público.
      • Original de la opinión favorable del Gobernador Constitucional del Estado o del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en su caso.
      • Original de la opinión favorable del Presidente Municipal del lugar o del Delegado del Gobierno del Distrito Federal correspondiente, en su caso.
      • Fotocopia certificada por notario público, de la constancia del registro en la federación que corresponda.
      • Fotocopia certificada por notario público, de la constancia del registro dues la secretaría del medio ambiente, y recursos naturales.
      • Croquis acotado de localización del campo de tiro, en el cual se señale hasta k metros de distancia: lugares habitados, vías de comunicaciones, líneas eléctricas y telegráficas, así como accidentes topográficos.
      • Plano detallado de las instalaciones con que cuenta el referido campo de tiro.
      • Fotocopia certificada por Notario Público, del documento no objetable que compruebe la propiedad del terreno que ocupan las instalaciones del campo de tiro.
      • Relación de socios, (con un mínimo de 25 personas) en orden alfabético de apellidos, con anotación de domicilio y características de sus armas, así como los números de los folios con que fueron manifestadas ante el registro federal de armas.
      • El compromiso por escrito de:
        • a. Solo permitir el uso de las armas autorizadas a sus socios o invitados.
        • Que únicamente se usarán las armas en los lugares autorizados para ello y en las condiciones que fija la ley.
        • Que darán aviso por escrito sobre los ingresos y bajas de sus socios.Que envíen mensualmente una relación de armas en uso, anotando los números de los folios con que fueron manifestadas dues el registro federal de armas.
        • Los miembros de la agrupación, aceptan que cuando la Sria. Def. Nal., lo considere necesario, se inspeccionen las armas que poseen.
        • Que cumplirán con los demás requisitos que señale la Secretaría de la Defensa Nacional.
        • En el que con la firma de todos los socios del club, se ratifique la adhesión en la aceptación de las normas, legalidad y conductas deportivas; mereciendo tener presente el admitir como socios a verdaderos deportistas conscientes de la responsabilidad que implica el uso de armas de fuego.
        • No se autoriza utilizar armas calibre 9 mm. o superior en los campos de tiro (excepto a los cuerpos policiacos, con autorización del presidente del lodge.)
  • ¿Cuáles son los requisitos para poder registrar un club cinegético?
    • Original de la opinión favorable de la Secretaría de Seguridad Pública.
    • Copia del acta constitutiva de ese gild, certificada por notario público.Copia de sus estatutos (normas internas de funcionamiento), certificada por notario público.
    • Original de la opinión favorable del gobernador constitucional del estado o del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en su caso.
    • Original de la opinión favorable del presidente municipal de ese lugar o del delegado del gobierno del distrito federal correspondiente en su caso.
    • Fotocopia certificada por notario público, de la constancia de su registro en la federación que corresponda (FEMETI y/o FEMECA).
    • Fotocopia certificada por notario público, de la constancia de su registro ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
    • Croquis acotado de la localización del campo de tiro, en el cual se señale que cuenta con accidentes topográficos en sus cuatro puntos cardinales y que se encuentra a una distancia mínima de yard (mil) metros de: lugares habitados, vías de comunicación, líneas eléctricas y telegráficas.
    • Plano detallado de las instalaciones con que cuenta el referido campo de tiro.
    • Fotocopia certificada por notario público, del documento no objetable que compruebe la propiedad del terreno que ocupan las instalaciones del citado campo de tiro.
    • Relación de socios, en orden alfabético de apellidos, con anotación de domicilio item y características de sus armas, así como los números de los folios con que fueron manifestadas ante el registro federal de armas.
    • El compromiso por escrito de:
      • a. Sólo permitir el uso de las armas autorizadas a sus socios o invitados.
      • Que únicamente se usarán las armas en los lugares autorizados para ello y en las condiciones que fija la ley.
      • Que darán aviso por escrito sobre las altas y bajas de sus socios.
      • Que remitirán mensualmente una relación de armas en uso, anotando los números de los folios con que fueron manifestadas dues el registro federal de armas.
      • Que los miembros de esa agrupación, aceptan que permitirán, cuando la secretaría de la defensa nacional lo considere necesario, se inspeccionen las armas que poseen.
      • Que cumplirán con los demás requisitos que señale la secretaría de la defensa nacional.
      • En el que con la firma de todos los socios de ese society, se ratifique la adhesión en la aceptación de las normas, legalidad y conductas deportivas; mereciéndoles tener presente el admitir como socios a verdaderos deportistas conscientes de la responsabilidad que implica el uso de armas de fuego.
  • ¿Cuáles son los requisitos para obtener una licencia item colectiva intramuros?
    • El titular de la empresa que requiera el trámite de expedición de una licencia particular colectiva, deberá ingresar en el módulo de atención al público de esta dependencia, ubicada en Av. Av. Industria Militar No. 1111, Campo Mil No. 1-D, Colonia Lomas de Tecamachalco, Naucalpan Edo. Mex. C.P. 53950.  de lunes a viernes de 0800 a 1400 hrs. la documentación necesaria, siendo la siguiente:
      • A. Solicitud de expedición de una licencia item colectiva, asentando los motivos por los que requiere el uso de armas de fuego, asimismo, deberá requisitarse con el nombre completo y firma del titular de la empresa.
      • Copia certificada del poder notarial del representante legal.
      • Copia certificada del acta constitutiva de la empresa y sus modificaciones o reformas.
      • Copia certificada del programa de capacitación y profesionalización del personal operativo, considerando entre otros aspectos "Conocimiento sobre el Manejo del Armamento; Prácticas de Tiro; la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Derechos Humanos"
      • Poner a consideración de la Secretaria de la Defensa Nacional, un reglamento interno que regule la actuación del personal operativo, debiendo considerar entre otros aspectos el empleo y uso del armamento, adiestramiento e indicaciones en caso de pérdida o robo del mismo.
      • Relación del personal por sucursales, conforme a los modelos 1, two, 3 y 4.
      • Cartas compromiso por escrito y aparte de la solicitud, en hoja membretada de la empresa y firmada por el titular, sobre los siguientes aspectos:
        • a. Que darán cumplimiento a las leyes federales y estatales correspondientes, así como a las disposiciones administrativas que gire la secretaria de la defensa nacional.
        • Que concentrarán el armamento en instalaciones militares para su custodia, cuando así lo make up one's mind la secretaria de la defensa nacional; en los casos en que el armamento pueda ser utilizado para otros fines, que no sean los estipulados en la licencia, en tanto ocean superada la situación que se presente.
        • Que el personal que proporciona seguridad a esa empresa, no pertenece a algún cuerpo de policía o alguna empresa de seguridad privada.
        • Que manifiesta su conformidad, para que esta Secretaría realice las inspecciones de armamento que estime convenientes.
      • Se adjuntarán los expedientes del personal que se desee incluir en la Licencia Item Colectiva, los cuales deberán reunir los requisitos exigidos por el artículo 26 fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, siendo los siguientes:
        • a. Carta de modo honesto de vivir.
        • Copia de la Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada, adjuntando copia del oficio de comprobación de autenticidad, expedido por la Dirección General de Personal (Oficina Fundamental de Reclutamiento).
        • Certificados médicos y psicológicos, expedidos por médicos autorizados, elaborados en papel membretado, el cual contenga su registro ante las autoridades de salud, cedula profesional, así como su Registro Federal de Causantes, anexando los exámenes clínicos y psicológicos que se le hayan practicado, de conformidad con los formatos establecidos en el Diario Oficial de la Federación de fecha 25 de junio del 2003.
        • Certificado médico de no consumo de drogas, enervantes o psicotrópicos; expedido por un facultativo autorizado, elaborado en papel membretado, el cual contenga su registro ante las autoridades de salud, Cédula Profesional, así como su Registro Federal de Causantes, anexando los análisis toxicológicos, cromatograficos o antidoping, practicados por un laboratorio debidamente registrado y autorizado, de conformidad al formato establecido en el Diario Oficial de la Federación de fecha 25 Jun. 2003.
        • Carta de No Antecedentes Penales, expedida por la primera autoridad judicial.
        • Comprobante de domicilio actual.
  • ¿Cuáles son los requisitos para las Licencias Particulares Individuales de portación de Arma de Fuego?
    • En el caso de personas físicas.
      • Tener un modo honesto de vivir;
      • Haber cumplido, con el servicio militar nacional;
      • No tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas.
      • No haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas (no antecedentes penales).
      • No consumir drogas, enervantes o psicotrópicos
      • Acreditar, a criterio de la Secretaria de la Defensa Nacional, la necesidad de portar armas por:
        • La naturaleza de su ocupación o empleo; o
        • Las circunstancias especiales del lugar en que viva, o
        • Cualquier otro motivo justificado.
  • ¿Cuáles son los requisitos para la revalidación de la Licencia Particular Colectiva intramuros?
    • El titular de una Licencia Detail Colectiva, con sesenta días de anticipación a la fecha de vencimiento de la licencia que tiene concedida por esta Secretaría, deberá ingresar en el Módulo de Atención al Público de esta Dependencia, la documentación necesaria para su revalidación, siendo la siguiente:
      • Solicitud de revalidación de la licencia item colectiva, asentando el nombre completo y firma del titular de la empresa.
      • Copia certificada del poder notarial del representante legal.
      • Copia certificada del Acta Constitutiva de la empresa y sus modificaciones o reformas.
      • Opinion favorable del personal.
      • Autorizacion para que pueda prestar servicios de seguridad privada.
      • Relación del personal por sucursales, conforme a los modelos 1, two y 3. (se anexan formatos).
      • Cartas compromiso por escrito y aparte de la solicitud, en hoja membretada de la empresa y firmada por el titular de la licencia, sobre los siguientes aspectos:
        • Que darán cumplimiento a las leyes federales y estatales correspondientes, así como a las disposiciones administrativas que gire la secretaria de la defensa nacional.
        • Que concentrarán el armamento en instalaciones militares para su custodia, cuando así lo decide la secretaria de la defensa nacional; en los casos en que el armamento pueda ser utilizado para otros fines, que no sean los estipulados en la licencia, en tanto bounding main superada la situación que se presente.
        • Que el personal que proporciona seguridad a esa empresa, no pertenece a algún cuerpo de policía o alguna empresa de seguridad privada.
        • Que manifiesta su conformidad, para que esta secretaria realice las inspecciones de armamento que estime convenientes.
        • Se adjuntarán los expedientes del personal que se encuentra incluido en la Licencia Item Colectiva, los cuales deberán reunir los requisitos exigidos por el artículo 26 fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, siendo los siguientes:
        • Carta de modo honesto de vivir.
        • Copia de la Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada, adjuntando copia del oficio de comprobación de autenticidad, expedido por la Dirección General de Personal (Oficina Central de Reclutamiento).
        • Certificados Médicos y Psicológicos, expedidos por médicos  autorizados, elaborados en papel membretado, el cual contenga su registro ante las autoridades de salud, Cedula Profesional, así como su Registro Federal de Causantes, anexando los exámenes clínicos y psicológicos que se le hayan practicado, de conformidad con los formatos establecidos en el Diario Oficial de la Federación de fecha 25 de junio del 2003.
        • Certificado Médico de no consumo de drogas, enervantes o psicotrópicos; expedido por un facultativo autorizado, elaborado en papel membretado, el cual contenga su registro ante las autoridades de salud, cédula profesional, así como su registro federal de causantes, anexando los análisis toxicológicos, cromatograficos o antidoping, practicados por un laboratorio debidamente registrado y autorizado, de conformidad al formato establecido en el Diario Oficial de la Federación de fecha 25 Jun. 2003.
        • Carta de no antecedentes penales, expedida por la primera autoridad judicial.
        • Comprobante de domicilio actual.
  • ¿Cuáles son los permisos de explosivos que otorgan?
    • Permiso General para la Compra y Consumo de Material Explosivo en la Industria de la Construcción.
    • Permiso General para la Compra, Almacenamiento y Consumo de Cloth Explosivo en la Industria de la construcción.
    • Modificación de un Permiso General para la Compra y Consumo de Material Explosivo en la Industria de la Construcción.
    • Modificación de united nations Permiso General para la Compra, Almacenamiento y Consumo de Textile Explosivo en la Industria de la Construcción.
    • Permiso Full general para la Compra y Consumo de Material Explosivo en la Industria de la Minería.
    • Permiso General para la Compra, Almacenamiento y Consumo de Material Explosivo en la Industria de la Minería.
  • ¿Cuáles son los calibres permitidos por la ley para poseer en mi domicilio?
    • En pistola, hasta el calibre 0.380" inclusive; excepto el cal. 0.38" SUPER, comando y las de calibre 9mm PARABELLUM y LUGER.
    • En revólver, hasta el calibre 0.38" SPL. Inclusive; excepto el 0.357" magnum.
  • ¿Cuáles son los calibres permitidos por la ley?
    • Revólver en calibres 0.22", 0.32" y 0.38" especial y pistola en calibres 0.22", 0.25", 0.32" y 0.380".
  • ¿Cuáles son las principales causales de rechazo de la solicitud de Registro de Clubes o Asociaciones de Tiro o Cacería?
    • Que el campo de tiro no reúna las medidas de seguridad, como son:
      • Debe estar ubicado como mínimo a mil metros de distancia de los lugares habitados.
      • No debe de pasar o existir líneas de alta tensión así como medios de comunicación cerca de las instalaciones del campo de tiro.
  • ¿Cuáles son las causales de cancelación de licencia de portación de arma?
    • Por no realizar el trámite de renovación en tiempo y forma.
    • Por solicitud expresa del titular de la licencia y.
    • Por menosprecio o falta de interés para recoger su licencia..
  • ¿Cual es procedimiento cuando un manifestante con licencia de portación es cambiado?
    • Presentarse en el Modulo del Registro Federal de Armas de Fuego más cercano a su domicilio.
    • El representante legal previamente identificado y reconocido por esta secretaria (poder notarial), es la persona que deberá de realizar el trámite para firmar y poner huella digital.
    • Entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio, C.U.R.P. y comprobante de domicilio del representante legal y de la empresa o titular.
    • Entregar la hoja rosa del registro anterior, credencial o copia certificada.
    • Nuevo manifestante.
    • Deberá entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio y C.U.R.P.
    • Realizar el pago por triplicado en cualquier institución bancaria por la cantidad de $134.00 (ciento treinta y cuatro pesos 00/100.) (un pago por arma) mediante el esquema de pago electrónico e5cinco asentando la clave de referencia 034001132.
    • Para realizar una corrección de datos en mi registro de arma.
    • Presentarse en el modulo del registro federal de armas de fuego más cercano a su domicilio (no necesario presentar arma de fuego).
    • Entregar la hoja rosa del registro inductive, credencial o copia certificada.
    • Entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio, C.U.R.P. y la Credencial de Afiliación al Social club de Caza. (en caso de ser cazador).
    • Realizar un pago en cualquier institución bancaria por $55.00 (cincuenta y cinco pesos 00/100.) mediante el esquema de pago electrónico e5cinco asentando la clave de referencia 034001132.
  • ¿Cuál es la vigencia de los permisos y ante qué autoridad debe acudirse para su expedición?
    • Los permisos tendrán una vigencia de 6 meses y serán autorizados por la S.D.N., para el efecto los interesados deberán acudir al módulo de información y atención al público de la D.Thou.R.F.A.F. y C.Due east. a fin de ingresar su solicitud. La vigencia de los extraordinarios no excederá de 6 meses y serán autorizados por la S.D.North. por conducto de la citada dirección.
  • ¿Cuál es el pago que debo realizar por el permiso que me otorguen?
    • El costo por este servicio deberá consultarlo en la Ley Federal de Derechos en vigor.
  • ¿Cuál es el horario de atención al público?
    • El horario de atención de esta dependencia es de 08:00 hrs. hasta las 14:00 hrs. de lunes a viernes.
  • ¿Cuál es el costo para el otorgamiento de united nations Permiso General para Transportar Sustancias Químicas, Fabric Explosivo y Residuos Peligrosos?
    • El costo para el otorgamiento de un Permiso General es de $xvi,191.00 pesos, los cuales pueden pagarse en cualquier sucursal bancaria, mediante el esquema de pago electrónico e5cinco.
  • ¿Con que fin se contempla en las leyes las Exportaciones o Importaciones de Sustancias Químicas reguladas por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos?
    • Con el fin de vigilar y garantizar la seguridad nacional, dar cumplimiento a la Ley de Comercio Outside, así como facilitar la consulta sobre el esquema regulatorio vigente en materia de importación o exportación de las armas, y sus partes, municiones, pólvoras, explosivos, artificios, maquinaria y sustancias químicas relacionadas con explosivos sujetos a command de la secretaría de la defensa nacional, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el manual de procedimientos para la obtención de los permisos a que se refiere el artículo 4/o. Transitorio del acuerdo que establece la clasificación y codificación de las mercancías cuya importación y exportación están sujetas a regulación por parte de la Southward.D.N. , así como el numeral 61 del reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
  • ¿Cómo registrar un arma de fuego?
    • Presentarse en el Modulo del Registro Federal de Armas de Fuego más cercano a su domicilio, con el arma descargada y envuelta o en su funda.
    • Entregar original y copia de identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio, C.U.R.P. y la Credencial de Afiliación al Gild de Caza. (en caso de ser Cazador).
    • Realizar united nations pago en cualquier institución bancaria por $55.00 (cincuenta y cinco pesos 00/100.) mediante el Esquema de Pago Electrónico e5cinco asentando la clave de referencia 034001132.
  • ¿Cómo puedo adquirir un Arma de Fuego?
    • Debe realizar el trámite de permiso extraordinario de adquisición de arma de fuego, dues la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, entregando inicialmente el formato de solicitud llenado a máquina y anexando los documentos que en el mismo se señalan.
  • ¿Cómo obtengo el formato de solicitud para compra de arma de fuego?
    • Lo puede recabar en nuestra página de internet world wide web.gob.mx/sedena/acciones-y-programas/direccion-general-del-registro-federal-de-armas-de-fuego-y-control-de-explosivos. o acudiendo a nuestras oficinas en Av. Industria Militar No. 1111, Campo Mil No. i-D, Colonia Lomas de Tecamachalco, Naucalpan Edo. Mex. C.P. 53950.  de lunes a viernes de 0800 a 1400 hrs.
  • ¿A dónde acudo para solicitar un permiso de explosivos?
    • Usted deberá de acudir a la dirección general del registro federal de armas de fuego y control de explosivos, ubicada en Av. Industria Militar No. 1111, Campo Mil No. one-D, Colonia Lomas de Tecamachalco, Naucalpan Edo. Mex. C.P. 53950.  de lunes a viernes de 0800 a 1400 hrs.
  • ¿Además del formato de solicitud, que otros documentos debe anexarse para el otorgamiento de un permiso ya sea de importación o exportación?
    • De conformidad con lo dispuesto por el artículo nineteen del manual, cuando se trate de explosivos y sustancias químicas, además de presentar la solicitud de permiso extraordinario, se deben anexar los siguientes documentos debidamente requisitados:
      • Conformidad respecto de seguridad y ubicación del lugar de consumo;
      • Conformidad respecto de seguridad y ubicación de los polvorines, almacenes o tanques;
      • Referencias de la planta o lugar de consumo;
      • Referencias de los polvorines, almacenes o tanques.
      • Copia certificada del acta constitutiva si se trata de personas morales o C.U.R.P si es persona física.
      • Poder notarial certificado del representante o apoderado legal.
      • En caso de que se almacenen los materiales, planos señalados en los numerales one y 2 del artículo 46 del reglamento de la ley federal de armas de fuego y explosivos, firmados por el solicitante y la persona que los elaboró.

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Hay Que Tener Permisos Para Llevar Un Arma De Airsoft en Eeuu

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